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Sí, puedes mantener la pensión de viudedad aunque te cases de nuevo

Compensa la pérdida económica por la muerte del cónyuge. Si hay nuevo cónyuge, no es necesaria

La pensión de viudedad protege el vínculo matrimonial, al igual que las parejas en una relación estable. Los cónyuges establecen una sociedad económica que se desmorona con la muerte de uno de ellos y, a partir de ese momento, el cónyuge accede a la pensión de viudedad por el simple hecho de estar casado. Se trata de indemnizar las pérdidas económicas que la ausencia del cónyuge provoca en el superviviente.

Pero si la pensión de viudedad viene a compensar el daño económico causado por el fallecimiento del cónyuge, ¿termina el beneficio en caso de que se vuelva a casar? En términos generales la respuesta es sí.

Esto se debe a que el nuevo vínculo matrimonial hace innecesaria la compensación económica que exige la pensión de viudedad, ya que se entiende que el nuevo cónyuge asumirá las obligaciones de asistencia económica implícitas en el nexo matrimonial. Lo mismo ocurre si lo que se reinicia es una relación real.

La excepción de la norma

Sin embargo, existen algunas excepciones que le permiten mantener la pensión de viudedad, incluso si se contrae un nuevo matrimonio.

Primero, el jubilado que se vuelve a casar tiene más de 61 años. Aunque también es posible conservar el derecho a la pensión de viudedad cuando se es menor de esa edad, si esa persona también tiene reconocida una pensión de invalidez permanente, en el grado de invalidez absoluta o invalidez severa, o si acredita una tasa de invalidez igual o superior al 65%.

Pero, por otro lado, debe probarse que:

  • La pensión de viudedad es la principal fuente de ingresos.
  • El monto anual de la pensión, incluido el complemento mínimo, representa al menos el 75% de los ingresos anuales totales.

Por último, el nuevo matrimonio no puede tener ingresos de ningún tipo, incluida una pensión que no supere el doble del SMI de la factura anual.

No obstante, hay que tener en cuenta que la nueva pensión de viudedad que pudiera generarse es en todo caso incompatible con otra pensión de viudedad anterior. En este caso, el cliente potencial tiene que elegir uno de ellos.

Otras causas de extinción

Asimismo, este servicio dejará de ser percibido si una sentencia firme declara responsabilidad por la muerte del fallecido. En el caso de violencia de género o si se comprueba que el fallecido no ha fallecido, también se retirarán los cargos.

Redacción

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