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Servicio-IPTV condenado por lucro ilegal con señales de televisión de pago

La justicia española ha dictado una sentencia considerada histórica contra el pirateo de contenidos audiovisuales, al condenar a los responsables del grupo conocido como Servicio-IPTV a penas de hasta tres años de prisión por delitos contra la propiedad intelectual. La resolución judicial afecta a varias webs que comercializaban de forma ilícita señales de televisión de pago, entre ellas la de Movistar+, y que posteriormente motivaron la adhesión de otros operadores a la denuncia.

La Audiencia Provincial de Málaga ha impuesto una condena que implica el cierre definitivo de los servicios servicio-iptv, servicioiptvccam y servicioiptvpremium, al considerar que infringían de manera muy grave la Ley de Propiedad Intelectual. La sentencia contempla penas de prisión que conllevan el ingreso efectivo en la cárcel, sin posibilidad de eludirlas incluso en el caso de carecer de antecedentes penales, una circunstancia que hasta ahora había permitido la suspensión de condenas en procesos similares.

El fallo se ha dictado en forma de sentencia de conformidad, después de que los acusados reconocieran voluntariamente los hechos y aceptaran la pena solicitada por la Fiscalía, lo que supone una reducción sustancial del castigo y elimina la posibilidad de recurso judicial.

Según la investigación, el grupo delictivo ofrecía listas de acceso a más de 8.000 canales de televisión, tanto nacionales como internacionales, alojados en distintas plataformas web. El acceso se comercializaba mediante diferentes tarifas, con un precio de referencia de 50 euros al año por usuario, además de opciones mensuales, trimestrales y semestrales, todas ellas con acceso a miles de canales de forma fraudulenta.

Las pesquisas fueron desarrolladas durante meses por la Unidad Central de Ciberdelincuencia de la Policía Nacional, que logró desarticular la estructura organizada dedicada a la distribución ilícita de señales de televisión y servicios de pago. A la acción judicial iniciada por Telefónica se sumaron posteriormente entidades del sector audiovisual agrupadas en ADIVAN (Asociación de Distribuidores e Importadores Videográficos de Ámbito Nacional), entre cuyos miembros se encuentran compañías como Sony Pictures Entertainment Iberia, 20th Century Fox Home Entertainment España y The Walt Disney Company.

Además de las penas de prisión y las multas, el tribunal ha establecido una responsabilidad civil a favor de Telefónica, estimada inicialmente en 80.000 euros. El juez ha subrayado expresamente el alcance económico del daño causado y la especial gravedad de los hechos, al tratarse de una actividad con beneficio económico relevante y un impacto significativo en los derechos de los titulares de los contenidos.

La sentencia supone un punto de inflexión respecto a resoluciones anteriores, que solían limitarse a penas de menor duración o a sanciones sin ingreso en prisión. En este caso, el reconocimiento explícito del valor económico de los contenidos pirateados y del lucro obtenido por los infractores ha sido determinante para endurecer la respuesta penal frente al pirateo audiovisual en España.

Javier González

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Javier González

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