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Pensiones de amas y amos de casa: cuantías y requisitos para cobrar en 2021

Ama de casa

Al no cotizar a la Seguridad Social, pueden optar a pensiones no contributivas

La revalorización de las pensiones no contributivas en un 1,8% para 2021 ha favorecido a algunos sectores como el de las amas o amos de casa. Este grupo, que se dedica a tareas de hogar o al cuidado de los hijos, no cotiza en la Seguridad Social al no percibir una renta del trabajo por cuenta ajena o propia, así que tiene en esta pensión un colchón cuando llega la edad de jubilación.

¿Cuál es la cuantía de la pensión de amas y amos de casa?

Para 2021, la cuantía mínima de la pensión no contributiva de jubilación será de 402,80 euros mensuales y 5.639,20 euros al año en un total de 14 de pagas, según informa el IMSERSO.

El organismo informa de que, “en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia”, esta cuantía puede variar, aunque nunca será inferior a los 100,70 euros mensuales y 1.409,80 euros anuales.

Con todo, el importe mínimo individual de la pensión no contributiva en aquellos hogares en los que convivan dos personas con derecho a pensión será de 342,38 euros al mes y 4.793, 32 euros al año. La cuantía mínima de estas pensiones cuando en el hogar convivan tres personas con derecho a pensión será de 322,24 euros al mes y 4.511,36 euros al año.

¿Cuáles son los requisitos?

De acuerdo con el IMSERSO, estos son los requisitos fundamentales para poder optar a una pensión no contributiva de jubilación:

  • No estar cobrando ninguna pensión contributiva de jubilación o viudedad.
  • Tener al menos 65 años.
  • Residir en territorio español y haberlo hecho durante al menos diez años en un periodo entre los 16 años y la fecha en la que se solicita la pensión. Además, se debe residir en España los dos años anteriores a esta solicitud.

Además, existen una serie de requisitos económicos que detallamos a continuación:

  • Si los ingresos anuales son inferiores a 5.639,20 euros al año.
  • Si se convive con el cónyuge y parientes hasta segundo grado de cosanguinidad (padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos), los ingresos máximos para optar a esta pensión son 9.586,64 euros anuales para dos personas, 13.534,08 si conviven tres personas y 17.481,52 si conviven cuatro personas.
  • Si alguno de los parientes de segundo grado de cosanguinidad es padre/madre o hijo/hija, los ingresos máximos para poder recibir la pensión son de 23.966,60 euros anuales para dos personas, 33.835,20 si se convive con tres personas y 42.703,80 euros anuales si se convive con cuatro personas.

Otras opciones para las amas y amos de casa

Aquellas personas que actualmente se encuentren en casa pero que hayan conseguido acumular 15 años de cotización sí podrían acceder a la pensión mínima de jubilación

Existen otras dos alternativas a las que acudir. Una de ellas solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Es necesario “no ser beneficiario de pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente, ni de pensión no contributiva por invalidez o jubilación”, y tener entre 23 y 65 años o ser mayor de 18 con hijos a cargo, y la cuantía mínima es de 5.639,20 euros al año, aunque puede aumentar en función de la situación personal del solicitante.

La otra es pedir la Renta Activa de Reinserción (RAI), que está disponible para personas de 45 años o más en situaciones de desempleo de larga duración. La cuantía es el 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), por lo que para 2021 esta cuantía es de 451,92 euros al mes.


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